miércoles, 9 de septiembre de 2009

Secuestro aéreo, tema que sorprende a México


A las 13:45 horas un avión de Aeroméxico aterrizó en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. El pastor boliviano de 65 años, José Mar Flores Pereira, había secuestrado el Boeing 737, con 104 pasajeros a bordo. Exigía hablar con el presidente Felipe Calderón, quien afirmó, más tarde, que se trató de "un momento de prueba para todos".Lejos de ser un acto terrorista como el del 16 de diciembre de 1973 cuando un comando palestino atacó con granadas un Boeing 707 de Panamá mientras éste despegaba hacia Beirut, o la explosión de un avión de Cubana en 1976 provocada por Luis Posada Carriles ataque que dejó más de 70 muertos; lo ocurrido trajo a colación el tema del aeroterrorismo.Ya en los Convenios de Ginebra , firmados en 1949, se hablaba de las prohibiciones o castigos para aquellos que cometieran "intimidación o terrorismo" entre la población civil según lo hacen constar los protocolos adicionales en los artículos 51 y 13.Para 1971, los actos ilícitos de aviación civil descritos en un convenio firmado en Montreal, eran sancionados conforme a la legislación penal de cada estado. Más tarde en los años ochentas España, Estados Unidos, Alemania, Italia y Francia tuvieron que enfrentarse a actos "consumados de terrorismo".Tras el 11 de septiembre de 2001, cuando cayeron las Torres Gemelas en Estados Unidos, la necesidad de "garantizar en todo momento en el ámbito de la aviación civil la protección de los ciudadanos" se convirtió prioridad. La Unión Europea empezó a trabajar sobre la regulación y el concepto de "actos de interferencia ilícita" mediante el Reglamento 2310/2002.En América Latina, el Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE), órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha sido el encargado de contemplar los aspectos para vigilar intentos de atentados, sobre todo por las crispaciones sociales originadas en Venezuela, Colombia y Bolivia.En México la Ley de Seguridad Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2005, está destinada a proteger a la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos.En el artículo 5 de dicha ley se consideran amenazas a la seguridad: el espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria o genocidio, además de los "actos en contra de la seguridad de la aviación". Sin embargo, no se detalla de manera puntual cómo es que se evaluarán éstos actos ni cómo procederán las autoridades correspondientes. Situación que cobra importancia ahora que José Mar Flores Pereira, secuestrador del vuelo 576 de Aeroméxico, ha declarado que el "artefacto" que traía consigo eran latas de jugo.fuente:eluniversal.com.mx

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